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Guía Títulos Náuticos

Todos los Títulos Náuticos en España

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Aquí tienes una guía completa de todos los títulos náuticos en España disponibles para gobernar embarcaciones de recreo con sus características principales, las prácticas necesarias para su obtención y las nuevas atribuciones profesionales.
Guía Títulos Náuticos
  • Licencia de Navegación
  • Patrón de Navegación Básica
  • Patrón de Embarcaciones de Recreo
  • Patrón de Yate
  • Capitán de Yate
  • Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo
  • Excepciones

Licencia de Navegación

El primero de los títulos náuticos te habilitará para el Gobierno de motos náuticas y embarcaciones de recreo de hasta 6 metros de eslora y una potencia de motor adecuada a las mismas según su fabricante, que habilitarán para la realización de navegaciones diurnas siempre que no se alejen más de 2 millas náuticas en cualquier dirección de un puerto, marina o lugar de abrigo.

Requisitos de obtención
  • El interesado deberá tener cumplidos 18 años de edad en el momento en el que realice las pruebas para su obtención, o 16 años con el consentimiento por escrito de sus padres o tutores.
  • Superar el reconocimiento médico de aptitud psicofísica en un centro homologado.
  • Realizar 2 horas de teoría y 4 horas de prácticas en una embarcación homologada.
  • Las licencias de navegación son expedidas por las escuelas náuticas al finalizar las prácticas en embarcación y no es necesario realizar un examen oficial.

Patrón de Navegación Básica

Atribuciones Básicas

El primero de los títulos náuticos con examen te habilitara para el gobierno de embarcaciones de recreo de hasta 8 metros de eslora con la potencia de motor adecuada a la misma, en la que la embarcación no se aleje más de 5 millas, en cualquier dirección, de un abrigo o playa accesible. Además podrán gobernar motos náuticas.

Requisitos de obtención atribuciones básicas
  • El interesado deberá tener cumplidos 18 años de edad en el momento en el que realice las pruebas para su obtención, o 16 años con el consentimiento por escrito de sus padres o tutores.
  • Superar el reconocimiento médico de aptitud psicofísica en un centro homologado.
  • Realizar unas Prácticas de Seguridad y navegación de 8 horas en embarcación homologada.
  • Realizar un cursillo de operador de Radiocomunicaciones de corto alcance de 8 horas.
  • Superar el examen teórico oficial realizado por las comunidades autónomas.
Atribuciones complementarias vela

Gobierno de embarcaciones de recreo a vela de hasta 8 metros de eslora en la que la embarcación no se aleje más de 5 millas, en cualquier dirección, de un abrigo o playa accesible.

Requisitos de obtención vela
  • Realizar unas Prácticas de Vela de 16 horas en embarcación homologada. (Son válidas una vez realizadas para todas las titulaciones).

Patrón de Embarcaciones de Recreo

Atribuciones Básicas

El mas popular de los títulos náuticos te habilitara para el gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 15 metros de eslora, que faculta para navegar en la zona comprendida entre la costa y una línea paralela a la misma, trazada a 12 millas de la costa. Faculta también para la navegación entre islas dentro del archipiélago balear y canario.

Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.

Requisitos de obtención atribuciones básicas
  • El interesado deberá tener cumplidos 18 años de edad en el momento en el que realice las pruebas para su obtención.
  • Superar el reconocimiento médico de aptitud psicofísica en un centro homologado.
  • Realizar unas Prácticas de Seguridad y Navegación de 16 horas en embarcación homologada.
  • Realizar un Curso de Operador de Radiocomunicaciones de corto alcance de 12 horas.
  • Superar el examen teórico oficial realizado por las comunidades autónomas.
Atribuciones complementarias vela

Gobierno de embarcaciones de recreo a vela de hasta 15 metros de eslora. que faculta para navegar en la zona comprendida entre la costa y una línea paralela a la misma, trazada a 12 millas de la costa. Faculta también para la navegación entre islas dentro del archipiélago balear y canario.

Requisitos de obtención atribuciones vela
  • Realizar unas Prácticas de Vela de 16 horas en embarcación homologada. (Son válidas una vez realizadas para todas las titulaciones).
Atribuciones complementarias ampliación eslora y navegación

Gobierno de embarcaciones de recreo a motor o vela de hasta 24 metros de eslora, que faculta para navegar entre la península ibérica y las Islas Baleares.

Requisitos de obtención ampliación
  • Realizar unas Prácticas de Ampliación de atribuciones de 24 horas en travesía en embarcación homologada.
Atribuciones profesionales

Dichas atribuciones habilitan al poseedor a realizar un ejercicio comercial tanto con embarcaciones como con motos de agua, las siguientes actividades comerciales marítimas.

  • Prestar servicios de transporte de suministros.
  • Realizar actividades de atraque, fondeo, remolque.
  • Desplazamiento de embarcaciones a otros puertos, playas.
  • Realizar pruebas de mar tanto de embarcaciones como de motos de agua (pruebas relacionadas tanto para comprobar la embarcación o moto, después de una reparación en un taller, como para realizar un prueba en un astillero o enseñar el barco en navegación a un futuro cliente).

Los patrones en su ejercicio profesional podrán desplazarse una distancia máxima de 5 millas desde el puerto deportivo, marina o playa de salida, tanto con embarcaciones como con motos de agua.

Requisitos de obtención atribuciones profesionales
  • Estar en posesión del título náutico de Patrón de Embarcaciones de Recreo con la habilitación a vela y la ampliación a 24m y navegación a Baleares.
  • Realizar el curso profesional de Formación Básica en Seguridad Marítima.

Patrón de Yate

Atribuciones Básicas

Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, que faculta para navegar en la zona comprendida entre la costa y una línea paralela a la misma trazada a una distancia de 150 millas náuticas.

Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.

Requisitos de obtención atribuciones básicas
  • El interesado deberá estar en posesión del título de Patrón de Embarcaciones de Recreo.
  • Superar el reconocimiento médico de aptitud psicofísica en un centro homologado.
  • Realizar unas Prácticas de Seguridad y Navegación de 48 horas en travesía en embarcación homologada.
  • Superar el examen teórico oficial realizado por las comunidades autónomas.
Atribuciones complementarias vela

Gobierno de embarcaciones de recreo a vela de hasta 24 metros de eslora, que faculta para navegar en la zona comprendida entre la costa y una línea paralela a la misma trazada a una distancia de 150 millas náuticas.

Requisitos de obtención atribuciones vela
  • Realizar unas Prácticas de Vela de 16 horas en embarcación homologada. (Son válidas una vez realizadas para todas las titulaciones, no será necesario realizarlas si ya se hicieron en otra titulación).
Atribuciones profesionales

Dichas atribuciones habilitan al poseedor a realizar un ejercicio comercial tanto con embarcaciones como con motos de agua, las siguientes actividades comerciales marítimas.

  • Prestar servicios de transporte de suministros.
  • Realizar actividades de atraque, fondeo, remolque.
  • Desplazamiento de embarcaciones a otros puertos, playas.
  • Realizar pruebas de mar tanto de embarcaciones como de motos de agua (pruebas relacionadas tanto para comprobar la embarcación o moto, después de una reparación en un taller, como para realizar un prueba en un astillero o enseñar el barco en navegación a un futuro cliente).

Los patrones en su ejercicio profesional podrán desplazarse una distancia máxima de 5 millas desde el puerto deportivo, marina o playa de salida, tanto con embarcaciones como con motos de agua.

Podrán embarcar hasta un máximo de 6 pasajeros para la realización de excursiones turísticas y la práctica de pesca de recreo, dentro del mismo ámbito geográfico señalado en el párrafo anterior.

Requisitos de obtención atribuciones profesionales
  • Estar en posesión del título náutico de Patrón de Yate habilitado a vela.
  • Realizar el curso profesional de Formación Básica en Seguridad Marítima.

Capitán de Yate

Atribuciones Básicas

Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, que faculta para la navegación sin límites geográficos.

Gobierno de motos náuticas, dentro de los límites específicos de navegación aplicables a éstas, de acuerdo con sus características técnicas.

Requisitos de obtención atribuciones básicas
  • El interesado deberá estar en posesión del título de Patrón de Yate.
  • Superar el reconocimiento médico de aptitud psicofísica en un centro homologado.
  • Realizar unas Prácticas de Seguridad y Navegación de 48 horas en travesía en embarcación homologada.
  • Superar el examen teórico oficial realizado por las comunidades autónomas.
Atribuciones complementarias vela

Gobierno de embarcaciones de recreo a vela de hasta 24 metros de eslora, que faculta para la navegación sin límites geográficos.

Requisitos de obtención atribuciones vela
  • Realizar unas Prácticas de Vela de 16 horas en embarcación homologada. ( No será necesario realizarlas si ya se hicieron en otra titulación).
Atribuciones profesionales

Dichas atribuciones habilitan al poseedor a realizar un ejercicio comercial tanto con embarcaciones como con motos de agua, las siguientes actividades comerciales marítimas.

  • Prestar servicios de transporte de suministros.
  • Realizar actividades de atraque, fondeo, remolque.
  • Desplazamiento de embarcaciones a otros puertos, playas.
  • Realizar pruebas de mar tanto de embarcaciones como de motos de agua (pruebas relacionadas tanto para comprobar la embarcación o moto, después de una reparación en un taller, como para realizar un prueba en un astillero o enseñar el barco en navegación a un futuro cliente).

Los patrones en su ejercicio profesional podrán desplazarse una distancia máxima de 5 millas desde el puerto deportivo, marina o playa de salida, tanto con embarcaciones como con motos de agua.

Podrán embarcar hasta un máximo de 6 pasajeros para la realización de excursiones turísticas y la práctica de pesca de recreo, dentro del mismo ámbito geográfico señalado en el párrafo anterior.

Requisitos de obtención atribuciones profesionales
  • Estar en posesión del título náutico de Capitán de Yate habilitado a vela.
  • Realizar el curso profesional de Formación Básica en Seguridad Marítima.

Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo

Atribuciones

Ejercer de Patrón en embarcaciones de recreo, desarrollando funciones profesionales. La eslora máxima de la embarcación será de  24 metros, permitiéndose una navegación comprendida entre la costa y una línea paralela a esta que no se aleje más de 60 millas náuticas. En ningún caso en la embarcación podrán navegar más de 12 pasajeros, excluidos los tripulantes.

Instructor en escuelas náuticas de recreo desempeñando funciones de formación en prácticas básicas de seguridad y navegación conducentes a los títulos de Patrón de navegación básica y Patrón de embarcaciones de recreo.

Requisitos de obtención

  • Estar en posesión del título de Capitán de Yate
  • Superar un examen oficial convocado por la DGMM y que consiste básicamente en cuestiones de Legislación Marítima.
  • Tener la declaración de aptitud del reconocimiento médico realizado por el Instituto Social de la Marina.
  • Acreditar un periodo de embarque de 50 días y 2500 millas, en atención al Real Decreto 973/2009.
  • Realizar los siguientes cursos conducentes a obtener los Certificados de Especialidad reconocidos en el convenio STCW 78/95.
    • Formación Básica en Seguridad Marítima.
    • Operador Restringido del Gmdss.
    • Formación Sanitaria Especifica Inicial.

Excepciones

Para el gobierno de embarcaciones a motor con una potencia máxima de 11,26 kilovatios (15 cv) y hasta 5 metros de eslora, las de vela hasta 6 metros de eslora y los artefactos flotantes o de playa, a excepción de las motos náuticas, no será preciso estar en posesión de las titulaciones reguladas, siempre que no se alejen más de 2 millas náuticas de un puerto, marina o lugar de abrigo y la actividad se realice en régimen de navegación diurna.

A los efectos de lo dispuesto en este apartado, los interesados deberán haber cumplido 18 años de edad

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